Teniente de Carabineros condenado a tres años de cárcel por violar a ciudadana estadounidense
Tras una acusación presentada por la Fiscalía de Coyhaique, en base a diversas diligencias solicitadas a la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI y pericias de profesionales del Servicio Médico Legal y Servicio de Salud de Aysén, fue condenado Diego Alejandro Maturana Osorio de 26 años, como autor de delito de violación en contra de una ciudadana estadounidense, hecho ocurrido la madrugada del 10 de abril de 2016 en Coyhaique.
Tanto la afectada como el acusado se conocieron a través de una aplicación denominada Tinder y habían tenido dos citas previas a la noche en que ocurrieron los hechos, según explicó el fiscal a cargo de la investigación, Luis Contreras Alfaro.
De acuerdo a la decisión del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique, el imputado fue sentenciado a tres años y un día de presidio menor en su grado medio, sin beneficios, es decir que deberá cumplir de forma efectiva, de acuerdo a lo dictaminado por los jueces Rosalía Mansilla Quiroz y Pablo Freire. En tanto el magistrado Luis del Río estuvo por rebajar la pena en dos grados y aplicar una sanción de 541 días de presidio menor en su grado medio, también de forma efectiva. Para ello, consideró la irreprochable conducta anterior del imputado, quien se desempeñaba como Teniente de Carabineros al momento de los hechos y su actual situación de estudiante universitario.
En base a las pruebas presentadas por la Fiscalía, a través de la fiscal adjunta, María Inés Núñez, las cuales incluyeron pericias realizadas por médicos del Servicio de Salud, peritos del Servicio Médico Legal y detectives de la Policía de Investigaciones, el Tribunal dio por acreditado que el 10 de abril de 2016, en horas no precisadas de la madrugada, la víctima concurrió al domicilio del acusado, donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas. Sin embargo, cuando la víctima pretendía irse del lugar, el imputado Diego Maturana Osorio no respetó dicha decisión y procedió a agredirla sexualmente, producto de lo cual la víctima resultó con diversas erosiones en su cuerpo.
En este caso, la víctima -quien viajó desde el extranjero para estar presente en el juicio- estuvo representada por el abogado Jaime Dagnino Martínez, profesional del Centro de Atención a Víctima de Delitos Violentos de la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, “que en una oportunidad al menos la relación sexual no fue consentida por la acusada y se concretó por el empleo de fuerza en su contra, toda vez que el relato claro, detallado y coherente de la afectada, resulta consistente con la afectación emocional posterior que presentó y con las lesiones físicas que presentaba luego de los hechos, de lo que dan cuenta las demás pruebas rendidas, demuestran que se empleó fuerza para concretar la violación”.
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